Cambios Ganancias Febrero 2016

Hola a todos, en el día de ayer en horas de la tarde estuvimos viendo y escuchando la conferencia de prensa sobre los anuncios de gananacias. Por lo pronto y como suele suceder para tener precisiones serías de las modificaciones estamos esperando la salida de la resolución de la AFIP. De todos modos de lo dicho en la conferencia queremos compartir con ustedes algunas posibilidades que podrían darse.
Por un lado si se da la derogación del uso de bandas para 2016 será necesario trabajar con todas las novedades de bandas de 2016 para que el sistema comience a trabajar este año como era antes de las bandas.Si bien (por si acaso) ya estamos comenzando los testeos.
Por otro lado si se modifican montos de topes de deducciones para 2016 esto puede complicar la salida de los F649 del año 2015 que imaginamos están en proceso en estos días. Para evitar eso una opción es tener una base aparte que trabaje con los valores actuales y que sirven para 2015 antes de tocar valores para 2016.
De nuevo todo lo anterior son solo presunciones que no serán confirmadas hasta tanto no salga la resolución de AFIP.
Los invitamos a comentar y seguir por este medio lo que les pueda resultar interesante para que entre todos podamos contar con la mayor información posible en esta coyuntura.
Saludos,
Ariel

buen dia, vieron que salio el Decreto 391/2016…

Se nos ocurren algunos temas para charlar:
-Como deroga el decreto 1242/2013 (no habla nada del decreto posterior pero se entiende que todo el tema de bandas queda sin vigencia) habria que dejar sin efecto el tema de las Bandas. Borrariamos para todos los agentes el concepto que contiene el numero de banda?
-Deberia quedar cargada una sola tabla con los valores nuevos aplicable para todos los agentes (esa tabla la arman desde SIU? para que podamos importarla al Mapuche?)
-Vieron que la deducción por otras cargas se igualo a la de hijo?

Saludos.


Deducciones personales. Incremento del mAnimo no imponible, cargas de familia y deducciAn especial desde el 1_1_2016.pdf (78.9 KB)

Decreto 394/2016 perdon.

Hola,
A mi se me ocurre que para borrar las bandas, que en mi caso son un concepto permanente de legajo, lo que hago es finalizar todas a diciembre 2015.

Luego cargaria los nuevos valores en la primera tabla, o sea la original, la que tomaba si nun agente no tenia cargado ningun tramo.

Creo que con eso alcanza no se si me estoy olvidando de algo…
Sldos
Andrea.

Hola Comunidad, algunos comentarios con respecto a lo que menciona Marta:

  • Nosotros también creemos que las bandas no corren mas y por lo tanto la idea es dejar sin efecto las novedades para que el sistema funcione como antes. Por un lado estamos probando el sistema en diferentes situaciones y hasta ahora viene respondiendo bien.
    Con respecto a las novedades se nos ocurren las siguientes alternativas :
  • Si las novedades arrancan en Enero 2016:
    1 - Poner un 4 en el valor de novedad 1 para que actúe como banda 4 leyendo las deducciones con código desde el 1 en adelante. Poner periodo de fin 2-2016 para que el cierre de mes de Febrero a Marzo pase todas estas novedades a histórico. (Por sistema o por Base)
    2 - Borrar las novedades (Por sistema o por Base)
    La diferencia entre la opción 1 y la 2 es que en la 1 queda documentado que en Enero y Febrero “algo pasó con las bandas”
  • Si las novedades vienen desde el año pasado o años anteriores:
    • Poner fecha de finalización 12-2015 , copiarlas al historico (en caso de ser de Legajo DH70) y borrarlas de DH20 (en caso de ser de Legajo) (Por Base)

Como se imaginarán todo esto lo estamos probando ahora así que los query que armemos los pondremos disponibles por si los quieren usar pero como estamos probando todo tengan en cuenta que no estarán disponibles hasta el jueves como mínimo por lo que si alguno tiene que avanzar antes y tienen dudas no duden en escribir GDS.

Por otro lado y con respecto a los nuevos valores de topes no armaremos la nueva tabla ya que los valores no son divisibles por 12 y por lo tanto ya vimos que hay varios puntos de vista de como distribuirlos a lo largo del año (diferencias por trimeste, semestre, en diciembre) y por otro lado al menos hasta ahora no queda claro el monto de la deducción especial. Igualmente si tienen dudas y podemos ayudar consulten , no nos molesta.

Por último y con respecto al Formulario Anual 649 del año 2015 estamos también probando la posibilidad de cambiar solo los valores de Enero y Febrero en las tablas para ver si el Form de 2015 sigue trabajando bien con los valores viejos. De todos modos insistimos que la mejor opción es tener una base copiada con todos los valores originales, etc. para poder sacarlo mientras en producción se hacen todas las modificaciones necesarias para lo que es 2016.

No nos molesta que consulten,
Si llegamos a tener mas información lo vamos a ir publicando por acá,
Saludos !
Ariel

Hola a todos, yo interpreto que al derogar el 1242/13 el ultimo decreto tambien quedaria sin efecto porque trabajaba en base al 1242. estuve probando dos cosas, una borrar las tablas y el concepto que indicaba las bandas, el problema es que modifica las ganancias 2015 y si no estan los 649 es complicado hacerlo.La otra opcion fue poner a todos en la banda mas alta mediante el borrado del concepto y haciendolo general con valor 4 para todos los legajos, asi todos trabajarian con las tablas originales. y asi conservar los datos.
Saludos
Marcelo Irusta

Buen día a todos:
aún no está publicada la Resolución de AFIP que “reglamente” cómo va a funcionar la devolución/retención, por ajuste.
Recordemos que ya ha pasado la devolución en 5 cuotas.
Como es de costumbre, nos apura el plazo de liquidación y nos falta normativa; por otro lado, el monto publicado es anual; todos suponemos que el mensual a aplicar será dividido 12 y acumulado al mes de liquidación, pero, ya pasó que era un monto en los primeros meses y luego se nivelaba.
Yo esperaría todo el tiempo que el plazo de liquidación lo permita, a fin de trabajar sobre seguro.
Viviana

Buenos días a todos/as:

                                                       Por lo que entiendo, los nuevos montos son anuales pero al ser retroactivos al primero de Enero habría que dividirlos en 12, con respecto a la deducción Especial del Decreto 394/2016 multiplicarla por 4.8 veces como dice el -Articulo 23 de la Ley e incrementar también las Deducciones por Servicio domestico al mismo valor del Mínimo no imponible.

Esperemos que salga alguna aclaración con respecto a los saldos a favor que se van a producir con la liquidación de Marzo, si se devolverá todo junto, en cuotas o queda como saldo para cancelar próximas retenciones.
Saludos…y a esperar unos días mas.

Hola Gente, dejó la siguiente aclaración producto de algunas pruebas que vamos haciendo en el sistema estos días con diferentes escenarios. Revisen en DH70 que no les hayan quedado novedades con el código de concepto de las bandas SIN periodo de finalización porque cuando den de baja o borren las novedades de bandas de DH20 para los agentes que tengan alguna novedad con esa característica en DH70 tomará la banda de allí. Esto puede pasar en casos puntuales donde la novedad en algún momento fue modificada y quedó en DH70 sin periodo de baja. La solución es ponerles periodo de baja 12-2015 a todas estas novedades para que el sistema se “olvide” de las bandas.
Les vamos pasando las novedades que vayamos teniendo,
Saludos,
Ariel

Hola Comunidad: tenemos una duda, las devoluciones/retenciones el decreto 394/2016 no dice a que sueldo aplicar, nosotras entendemos que es en este sueldo de febrero/2016 cobrado en marzo/2016, es que existe la otra version (sueldo marzo/2016 cobrado en abril/2016), pero el decreto no me lo dice, y debemos cambiar hoy los nuevos montos de deducciones para todos banda 1 y 3 en nuestro caso (Patagonia).
El otro tema es los que deben impuesto, en cuotas? pero no tenemos ni RG Afip para que lo reglamente.

Que opinan?? o tienen alguna normativa nueva que diga que es con el sueldo de marzo?

SAludos

Dirección de Liquidación de Haberes
Universidad Nacional del Comahue

Gente,
parece que será en 10 cuotas, copio la URL de la noticia periodística.

http://www.ieco.clarin.com/economia/Alivio-Ganancias-descuentos-retroactivos-pagaran_0_1528647355.html

Viviana

Hola Comunicad, ya se publico la RG Afip 3831/2016.

Saludos

Tenemos RG. Por lo visto se aclaró el tema de la deducción especial, hay banda única (adiós zona patagónica), hay que descontar a los que entraron por derogación del 1242 en cuotas mensuales e iguales hasta fin de año (calculo que con un concepto aparte para que se note) y hay que devolver el exceso de retención en un solo pago…
Ahora bien, como se interpreta? Febrero se liquida como en enero y en marzo se hacen todas las correcciones? El artículo 2ª dice: “En los casos en los cuales, conforme a los nuevos valores de las referidas deducciones -establecidos por el Decreto N° 394 del 22 de febrero de 2016-, el agente de retención deba proceder a la devolución de las retenciones practicadas en exceso, la misma deberá ser efectuada al realizarse la primera liquidación posterior a la fecha de publicación de la presente.” Por lo que podemos entender que el que ya realizó la liquidación de febrero puede esperar hasta la de marzo, tanto como para empezar a devolver los excedentes (en este caso de enero y febrero) como para retener lo correspondiente a esos dos meses de marzo a diciembre. En cambio el que no liquidó podría hacerlo en febrero, devolver el exceso de enero en esta liq y lo no retenido a los nuevos por ese mes, hacerlo en 11 cuotas (de febrero a diciembre).
Las preguntas serían:
1.- Las soluciones de re-configuración del sistema son las mismas para ambos casos? A la vista pareciera que si, pero se escuchan opiniones…
2.- Seguimos manejando las dos opciones que se plantearon en este foro en los primeros días?
3.- Si borramos las novedades auxiliares a partir de enero, eliminamos las bandas y sub bandas (dejando solo la original), como impacta en lo cargado en enero correspondiente al 2015?
3.- Cómo afecta esto a los formularios 649 de 2015 no generados? En nuestro caso cerramos la liq de enero el 29 y entre ese día y el 31 tuvimos 51 presentaciones de form 572 que tenemos que devolver en febrero y no sabemos como impactaran estos cambios.
Seguramente habrá muchas preguntas mas…

Hola Leo y hola todos, comento un par de cosas con respecto a lo que escribiste y algunas cosas en general. Creo que a los puntos 1 y 2 es un SI a los dos. Con respecto al punto 3 la idea es siempre dar de baja las novedades desde Enero de 2016 en adelante por lo tanto no debería impactar en 2015.
Finalmente con respecto al Formulario Anual 2015 nuevamente si las novedades que se borran/cambian/dan de baja son desde Enero 2016 en adelante no van a influir en el Form Anual 2015. Lo que si va a influir es el cambio de montos de las deducciones ya que como dije en otro mensaje del foro no tenemos históricos de montos de deducciones (un pendiente que esperamos atacar este año). Para eso muchas de las instituciones con las que hablé están dejando una base de backup para sacar los formularios pero si bien todavía no pudimos probarlo creemos que puede funcionar cambiar los montos de deducciones de Enero, Febrero y Marzo para poder hacer los calculos de 2016 dejando el resto de los meses como antes para poder sacar el F649 2015. De todos modos esto puede producir equivocaciones ya que quedan dos tipos de valores juntos así que desde mi punto de vista prefiero la solución de la base backup.
Por último les digo que en el próximo mensaje estamos colgando una especie de caja de herramientas de scrips que fuimos haciendo para distintos usos y distintas realidades todos orientados a dar de baja en 2016 las novedades de bandas, esperamos que a alguno le sirva y cualquier duda si es general la pueden comentar por este foro o si es particular por GDS.
Saludos,
Ariel

Scrips para Novedades de Bandas


query_ganancias2016_novedades_de_bandas.sql (2.9 KB)

Hola a todos, viendo el mecanismo de cuotas de la última resolución les queremos recomendar a los que no hayan ya resuelto en febrero las cuotas via novedades y lo vayan a hacer en marzo que se guarden un buen resguardo antes del cierre de febrero o que antes del cierre extraigan de alguna manera los valores del recalculo a febrero con las deducciones nuevas (haciendo un calculo masivo SIN pasar novedades )de las personas a las que les tengan que definir cuotas por novedad ya que una vez en marzo el valor de recalculo de febrero puede no ser el correcto salvo que entren persona por persona a realizarlo.
Nosotros estamos probando opciones y armando querys como los anteriormente publicados para tratar de ayudar en el proceso.
Cualquier duda que tengan no duden en comunicarse con nosotros,
Los saluda el equipo Mapuche en el día que cayó la piedra movediza en Tandil…allá por 1912 !

Hola a todos, sabemos que hay algunas instituciones que están trabajando en Febrero para armar las cuotas y acreditar en estos días así que les dejamos publicado un método que estuvimos probando para generar las cuotas en Febrero a traves de la ayuda de un scrip. Este método utiliza la estrategia de indicar al calculador de ganancias que se realizó el cobró todo en el mes de Febrero y luego por fuera con una novedad va trabajando las cuotas. Estamos trabajando en otros scrips que plantean otra modalidad pero todavía no tiene un testeo correcto así que cuando lo tengamos lo vamos a publicar.
Posterior a esto nos vamos a centrar en realizar el mismo trabajo pero ya arrancando con las cuotas en Marzo.

Metodo 1 – Cuotas desde Febrero - Parado en Febrero

  1. En base a las novedades de Ganacias generadas en Febrero 2016, se salen a buscar las novedades de bandas del periodo 12-2015 y que cuya Banda sea 1.
  2. Se debe crear una novedad permanente de legajo (inicio: 2-2016 fin: 12-2016) con un concepto que este configurado como Otro concepto de 4ta. (para que se informe a SICORE)
  3. La novedad creada en le punto 2 debe tener un monto igual a la onceava parte de la novedad de ganancias de Febrero 2016 (monto de enero + febrero).
  4. Anular las novedad de Ganancia del periodo Febrero 2016 para los agentes del punto 1
  5. Liquidar, Generar SICORE, Cerrar el mes (se emitira una advertencia indicando que existen retenciones liquidadas con valores diferentes a los calculados no siendo las mismas modificadas)

query_cuotasganancias2016_Metodo1_Febrero.sql (1.88 KB)

Hola a todos, les dejamos publicado un nuevo método distinto del anterior para manejar la cuotificación de ganancias desde el mes de Febrero. En los proximos días publicaremos una adaptación de los mismos para los que arrancan la cuotificación desde Marzo.
Saludos,
Ariel

Metodo 2 – Cuotas desde Febrero - valido para estar parado en Febrero

Este metodo a diferencia del Metodo 1 hace que el calculador de ganancias todos los meses hasta diciembre vaya llevando “la cuenta corriente” de las cuotas que faltan descontar. Lo que logra es descontar desde el concepto central de ganancias el valor del mes en curso (o sea lo que le toca pagar por las ganancias de ese mes) mas la cuota fija que tiene hasta fin de año.

  1. En base a las novedades de Ganacias generadas en Febrero 2016, se salen a buscar las novedades de bandas del periodo 12-2015 y que cuya Banda sea 1.
  2. Se debe crear una novedad permanente de legajo (inicio: 2-2016 fin: 12-2016) con un concepto auxiliar, que este incluido en la liquidación y que este antes del concepto de Ganancias en orden de cálculo.
  3. La novedad creada en el punto 2 debe tener un monto igual a la onceava parte de la novedad de ganancias de Febrero 2016 (monto de enero + febrero).
  4. la novedad creada debe acumular en un acumulador (Acum[n])
  5. En el concepto de 4ta, poner una formula cuya condición sea Acum[n]<>0 y cuyo calculo: Novedad1 - ((12 - Mes_corriente +1) * Acum[n]) + Acum[n]

query_cuotasganancias2016_Metodo2_Febrero.sql (2.86 KB)