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Mensajes - monica F

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Usuarios / Re:Recibo de sueldo negativo
« on: Diciembre 17, 2018, 06:02:28 pm »
Hola Alberto, la jubilación , la LEY y la Obra social se descuentan de un sueldo de $ 3004,27. Mientras que el sindicato de la remuneración con aportes que detallas.
Nosotros tenemos otro tipo de formulas., No modifico sueldo basico.
En nuestro caso seguimos editando los txt de sicoss para declarar montos de maternidad a mes completo, excepto en proporcional que los exporta desde el sistema.
Te recomiendo compara ambas formulas.
Si podes llamarme asi comparamos con lo que nosotros liquidamos.
nuestro cisco es el 02920-442007 o al cel 02920-631082.
En lo que podamos ayudar, estamos a disposición
Saludos
Mónica

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Estimada Ana Laura, te comento como trabajamos. El seguro colectivo de Vida de 11,28 que incorpora en el F. 931 se liquida y paga cuando el cargo esta activo, dado que si el empleado se encuentra en licencia sin goce de haberes, el sistema mapuche no lo exporta al archivo sicoss y por lo tanto no aparece en el 931, por lo que no estarias pagando el seguro.
También liquidamos el seguro de vida de la misma manera.
Quedo a disposición ante cualquier consulta.
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:Acumulado SAC
« on: Agosto 18, 2017, 10:25:55 am »
Hola José Luis. No entiendo como le duplicó. Si podes enviar imagen. Nosotros para corregir SAC lo que hacemos es modificar el bruto que el sistema acumula para sac previo liquidación del aguinaldo.
legajos> cargos>SAC
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:Nueva Versión SIU-Mapuche 3.1.0
« on: Abril 27, 2017, 08:52:10 am »
Hola Florencia! Bien. Muchas gracias!
Que tengas un buen día.
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:Nueva Versión SIU-Mapuche 3.1.0
« on: Abril 25, 2017, 02:57:01 pm »
Estimados, hemos actualizado versión en el sistema a 3.1.0. Observamos que ya no existe la posibilidad de ver las certificaciones de 4ta. Categoría.
Legajo > informes> certificación 4ta categoría
¿Está bien?
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:CUILES INEXISTENTES
« on: Marzo 22, 2017, 05:34:36 pm »
Hola Bruno, pudiste resolver el problema…. No tuve inconvenientes con cuiles. Pero si tengo que modificar algo en el archivo de sicoss, lo abro en txt y modifico lo que necesito. Por ejemplo para el caso de montos de maternidad. Y luego lo importo con SIAP. Lo hacemos todos los meses antes de entregar la liquidación para poder corregir antes del cierre, ya que se puede emitir el archivo sicoss las veces que quieras del sistema. Saludos. Mónica

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Estimados, hemos creado el concepto auxiliar para la 1/12ava parte del SAC, pero no encuentro el grupo mencionado....
Me podrian ayudar...
Que tengan buen día.
Mónica

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Usuarios / Re:Actualización tablas ganancias Enero 2017
« on: Enero 10, 2017, 04:05:25 pm »
Muchas gracias!
Saludos. Mónica

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Usuarios / Re:Actualización tablas ganancias Enero 2017
« on: Enero 09, 2017, 05:15:53 pm »
Hola Nicolás, tienen el script para zona patagónica…
Saludos
Mónica

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Estimados, hemos tenido el mismo caso.
La importación de SIRADIG no toma los valores de retenciones del impuesto efectuados por otros empleadores. Como el informe de la importación te lo describe, nos ha facilitado revisión y  hemos cargado dichos importes en el escritorio.
Para agregar el monto debes ir a:
Escritorio > procesos > retención de cuarta categoría > buscar el agente, seleccionar el mes > ver retención > modificar > ir a retención (parte superior) > retenido (parte inferior).
En retenido es donde debes agregar el importe retenido por el otro empleador.
Adjunto imagen como ejemplo.
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:Decreto 1253/2016 Deducción Especial. Incremento.
« on: Diciembre 16, 2016, 12:30:22 pm »
Hola a todos, en primer lugar, les comento como he avanzado con las liquidaciones.
En nuestro caso diciembre entra en el período 2016, por lo que 2° SAC acumula bruto para ganancias y recién se le retiene en el mes de diciembre (visualizado en el recibo de sueldo de diciembre). Por lo que procedimos a liquidar el 2° SAC.
En segundo lugar, aquí viene la complicación.
De acuerdo al Decreto 1253/2016, a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente a la 2° SAC 2016, se debe incrementar en 15.000 el importe de la deducción especial calculada conforme lo dispuesto por el 3° párrafo del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, para aquellos sujetos que obtengan remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados entre los meses de julio y diciembre del año 2016 no supere a suma de 55.000. Da a confusión pensar entre bruto o neto de 2° SAC, o “hasta 15000” o 15000 para todos los beneficiarios.
Visto que lo decretado no es muy claro, hemos realizado consultas y estamos con la idea de proseguir de acuerdo como se describe a continuación:
-Lista de agentes que cobran 2° SAC con SAC neto menores y mayores a 15.000.
(Teniendo en cuenta aquellos que se les descontó algún otro tipo de descuento como embargo, no corresponde)
Si no nos equivocamos aquellos que superen 2SAC neto de 15000 tienen un sueldo de 55000 por lo que son beneficiarios con una exención al neto de SAC=15000. A este listado se agrega los agentes que llegan a sueldo bruto de 55.000 para agregarle el tope de DE=15000.
Este listado se agregará a la tabla DH41 complementaria el sueldo neto de 2° SAC y/o 15000, lo que sea superior.
Se proseguirá a liquidar diciembre.
Espero sus comentarios para poder discutir el tema.
Que tengan un buen día.
Adjunto el siguiente Link:
http://www.ignacioonline.com.ar/2016/12/incremento-de-la-deduccion-especial-aguinaldo-diciembre-2016.html?m=1
Saludos. Mónica

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AFIP / Re:ART sin tope en 931
« on: Noviembre 30, 2016, 08:11:37 pm »
Estimado Sebastián, de acuerdo con la Ley 26.773, art. 10, último párrafo, en la remuneración 9, se debe tomar los conceptos remunerativos y no remunerativos (excluyendo los excepcionales) para que el Sicoss determine la cuota para la ART.
Por lo que veo en tu caso, el mapuche toma sólo los importes remunerativos, esto se puede deber a que:
1º.- En configuración > parámetros para SICOSS no tengas tildado en ART “Considerar conceptos no remunerativos en cálculo de ART?”.
2º.-  el concepto (por el cual se liquida el adicional No Remunerativo No Bonificable) no se encuentre el grupo “AFIP-NoRem”, por lo que recuerdo de esta manera tampoco pasa la información a Sicoss.
Espero poder colaborar y ante cualquier consulta quedo a total disposición.
Saludos
Mónica

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Usuarios / Re:Liquidación Imp. Ganancias
« on: Febrero 17, 2016, 01:16:02 am »
Estimados, les comentos que tuvimos inconvenientes excepcional de agentes en la liquidación de ganancias de diciembre de 2015 (incluye todo 2015 (1° y 2° SAC 2015 y 2° SAC 2014). Dadas las tablas que tenemos en configuración de nuestro sistema Mapuche.
El inconveniente surge con el recalculo de ganancias de agentes que tuvieron ganancias netas superiores a un millón, ya que realizando el F.649 se observó que no se le descontaba la DE y el MNI. En la configuración encontré que la escala % a aplicar sobre deducciones tiene una ganancia neta acumulada máxima de $999.999,99. Hemos modificado dicho monto antes del cierre de la liquidación de diciembre para que recalcule. Necesitaría si me pueden enviar imagen de los cambio de montos que hay que realizar y en qué espacio, para poder verificar que los cambiamos correctamente.
Saludos cordiales.
Mónica

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Usuarios / Re:Carga del F.572WEB
« on: Febrero 03, 2016, 01:02:24 pm »
Estimados, copio respuesta de Alberto Colavitta para su conocimiento, dado que me ha ayudado muchisimo.

El SIRADIG le informa al Empleador el 40% de los Gastos Médicos que declaró el Agente, por lo que para cargar dichos importes en Escritorio Mapuche hay que llevarlos al 100%, porque el módulo de ganancias toma  el 40% y es éste, el importe que en definitiva deduce.
Respecto a tema de Intereses Hipotecarios, el módulo de ganancias hace el tope con el importe del mes correspondiente. Si a partir de un determinado mes, el agente deja de informar nuevas deducciones de intereses y se le han realizado modificaciones a los importes mensuales anteriores por superar el tope mensual, se le debiera realizar en diciembre una carga de intereses con los importes no considerados para que le realice la deducción que corresponda según el tope Anual vigente.

Saludos.
Mónica

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Usuarios / Liquidación Imp. Ganancias
« on: Febrero 03, 2016, 12:57:59 pm »
Estimados, me comunico con ustedes dado que tuvimos muchas consultas a impuestos a ganancias por el impacto en el mes de diciembre.
En diciembre la retención de ganancias se realizó sobre el sueldo, teniendo en cuenta el bruto del 2° SAC, por lo que se visualizó en el recibo del mes y no del aguinaldo.
En la mayoría de los casos que no presentaron F.572 WEB en diciembre, el sistema le retuvo ganancias  y en su mayoría el monto retenido fue aproximadamente equivalente al neto del  2° SAC.
El personal que tuvo bastante descuento de ganancias diferente a otros meses, realizó reclamos a esta área. Los cuales se revisó uno por uno y se le fue respondiendo.
Solicito que me indiquen como transcurrió esta situación en sus casos, y cual opción me pueden ofrecer para que no vuelva a suceder. No es que este mal pero el descuento solo se ve reflejado en diciembre y el personal lo ve como si fuera un error de liquidación.
Me piden si se pude discriminar ganancias de SAC y sueldo, reflejándolo en el recibo. No creo que sea posible pero les comento para sus opiniones. Otra opción es liquidar SAC en el año actual y diciembre pasarlo al próximo año. En este último caso creería  que hay que generar el F.649 manual.
Espero sus comentarios
Saludos
Mónica

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