Hola, quisiera saber si entienden q el ajuste por la cláusula de revisión salarial del 2.66 % sobre el salario de febrero de 2018, debe abonarse como retroactivo o sólo es como base para la aplicación de los aumentos que se refiere.gracias
Hola, se paga retroactivo a Febrero.
“Se acuerda la ejecución de la garantía de revisión pactada en el Acta de fecha 19 de Abril de 2017 en un valor de dos con sesenta y seis por ciento (2,66%) a aplicarse a partir del mes de Febrero de 2018 sobre los salarios vigentes al 28 de febrero de 2018”
Muchas Gracias!!!
HOLA:
en el intructivo figura el mes de febrero al solo efecto de establecer la nueva base de cálculo para los aumentos de marzo, mayo, agosto y noviembre.
NO se debe liquidar retroactivo a febrero. Esta información la hemos chequeado, solo se liquida retroactivo el mes de marzo con el básico que consta en el punto nro. 2.
Espero que ayude la información, saludos.