Renglones Fracasados Dictamen (APORTES UNR, UNAHUR, UNIPE, UNLZ)

Hola chicos estuvimos leyendo el manual de procedimientos detalladamente (las funciones de la Comisión Evaluadora) y notamos los siguiente:
en ninguno de los artículos se habla que la comisión declara como FRACASADO renglones u ofertas, y si, de fundamentar para excluirlas del orden de merito.
ARTÍCULO 27.- DICTAMEN DE EVALUACIÓN.
4. Si hubiera ofertas inconvenientes, deberá explicar los fundamentos para excluirlas del orden de mérito. Se entenderá que una oferta es inconveniente cuando por razones de precio, financiación u otras cuestiones no satisfaga adecuadamente los intereses de la entidad o jurisdicción contratante.
6. Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento.

Luego en el articulo 31 aclara que la Unidad Operativa de CONTRATACIONES proyectara el acto administrativo (ADJUDICACION) donde se declara desierto, fracasado y adjudicado.

ARTÍCULO 31.- ACTO ADMINISTRATIVO DE FINALIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. La Unidad Operativa de Contrataciones proyectará el acto administrativo de finalización del procedimiento de selección, en el que se aprobará el procedimiento, y según el caso, se declarará desierto, cuando no se presentaren ofertas; y/o fracasado, cuando éstas resultaren inadmisibles o inconvenientes; y/o se dejará sin efecto el procedimiento o alguno de los renglones; o bien se adjudicará total o parcialmente.

Con esto entendemos que en el dictamen seria correcto que se registren o discriminen los renglones DESIERTOS, y no en el resto de los casos, ya que la comisión de evaluación EVALUA ( aquí entra si son inadmisibles) y SUGIERE.

esperamos opiniones , gracias.