Decreto 1006/13 Devolucion 1er SAC 2013

Sí, exacto, tu interpretación es correcta.
Nosotros prorrateamos el SAC de Junio porque así lo dice la ley, opcion que no es válida para diciembre porque se te terminó el año…
Sin embargo comprendo que el efecto sobre la devolucion seria el mismo ya que al sumar todo el SAC en bruto y simultaneamente en deduccion especial se devuelve lo retenido sobre el SAC en junio y las supuestas cuotas de julio a diciembre ya quedarian exentas…
Pero me surgen dos consultas:

  1. Si el SAC ya estaba prorratado, o sea sigo viendo desde junio a diciembre en bruto diferido el monto de 1cuota de SAC en cada uno, eso habria que eliminarlo, no? Como lo hacemos?
  2. En la Deduccion especial de Julio, Agosto, Septiembre…tambien deberia venir sumado ese neto de SAC que se sumo en la deduccion especial de Junio…si no se pierde el efecto de la devolucion de Junio en los meses posteriores, no es asi?
  3. Para el caso de otros empleos, tengo que tener la información definitiva de los SAC de otros empleos antes de correr este proceso en produccion del mes de junio…porque sólo me permite incorporar la info en Junio…no tengo posibilidad de en otros meses posteriores incrementar la deduccion especial…

Por ultimo, podran verificar si tengo usuario para las listas? porque quise escribir y me vuelve rebotado.
Muchas, muchas, muchas gracias.