Formulario 649 – Banda 3

Buen día, desde la Dirección de liquidaciones – Área Impositiva nos informaron de la siguiente inquietud:
En el caso de agentes con banda 3 y Sub-banda, para el cálculo mensual del impuesto se esta considerando los montos del tramo que fue categorizado según RG 3770, pero al desplegar el Formulario 649 anual 2015 se reflejan solamente las deducciones personales con los montos de la Banda 3 sin la actualización por el tramo.-
Esperando su respuesta les saluda,
Yudith Vera

Hola Yudith, la banda 3 tiene la misma apertura de sub-bandas que las otras bandas, por lo que al generar el F649 debiera tomar bien los valores de la correspondiente sub-banda. Sin tener la base nos es dificil decir que puede estar ocurriendo y por ello debo hacerte algunas consultas:

  • Cuando desde el módulo de cuarta, ingresan al agente ven bien la banda y sub-Banda del Agente?
  • En el período diciembre, los valores de las deducciones son las que corresponden según las sub-banda del agente?
  • El cálculo del impuesto lo esta haciendo bien?
  • Que versión del sistema tienen instalado (cuando emiten los F649)?
    Esperamos, con estas respuestas determinar lo que esta pasando, de no ser así nos veremos en la necesidad de solicitarles la base para analizarla.
    Saludos
    Alberto

Buen día, te respondo tus consultas:

  1. No hay problemas en visualizar las bandas y sub-bandas del agente en el módulo de cuarta.

  2. En el periodo de diciembre, los valores de las deducciones son los que corresponden a los de la BANDA 3 sin sub-banda, te adjunto un fórmulario anual y otro mensual.

  3. El cálculo del impuesto lo hace bien.

  4. La versión para escritorio es la 2.2.1

saludos…


Formulario 649 hasta agosto_2015 solo Banda 3.pdf (21.4 KB)

Liquidacion Mensual agosto_2015 banda 3 y sub banda 3 OK.pdf (14.4 KB)

Hola Judith, como el F649 es un informe anual, pensé que te referías a los F649 del año 2014 y además en la respuesta mezcle la modificaciones de la RG 3770.
Les agradeceremos no esperen unos días, porque lo que se publicó fueron las modificaciones que estableció la RG 3770 en el cálculo del impuesto (V 2.2.1), la mejora que incorpora al F649 los cambios realizados por la R.G. se publicará en breve.
Saludos
Alberto

ok, muchísimas gracias…