Acta de cursada no cerrada e inscripción a exámen final.

Buenas tardes: En nuestra unidad académica, los alumnos que cursan, por ejemplo en el primer cuatrimestre 2015, pueden quedar al finalizar el cursado en carácter regular o libre. El que queda regular, puede rendir el final desde el turno inmediato siguiente. El que queda libre, tiene una instancia recuperatoria más, o una chance más para dejar regular la materia, que es con un exámen integrador, el cual se rinde en la primer mesa inmediata al cursado, siguiendo con el ejemplo, sería en al llamado JUNIO del turno JUNIO/AGOSTO. Si lo aprueba, queda en condición regular, y si no lo aprueba, queda en condición libre.

Estoy pensando que esto es un inconveniente a la hora de abrir las inscripciones para exámenes finales, dado que sería necesario cerrar al acta de regularidad antes de las inscripciones, lo que nunca ocurre dado que los profesores esperan ver si alguno más quedará regular con ese examen integrador. Con el sistema que ocupamos actualmente, los profesores informan en el primer acta posterior al cursado regularidad, y en caso que alguno haya rendido final, la nota: todo en dicha acta.

Qué sugerencias me pueden dar para instrumentar la forma de trabajar de SIU? Por ejemplo, se me ocurren: informar a todos regular y luego rectificar el acta, pero se genera el perjuicio que alguno se inscriba a rendir el final y no sea eso lo que pueda hacer, sino rendir el integrador. ¿Hay algún parámetro que me permita estar incluido en un acta de exámen, con un acta de cursada no cerrada? Otra forma es poner regular a los que efectivamente están regular, y armar una “mini cursada” de un día antes del exámen final para ahí se inscriban los que deban rendir el integrador, pero se corre el riesgo que se inscriba alguno que no haya estado inscripto originalmente en la materia. Lo ideal que se me ocurre, que sería que la instancia recuperatoria o integrador esté fuera del periodo de exámenes finales, la unidad académica no está, al menos por ahora, dispuesta a considerarla; de ahí que apelo a sus sugerencias las cuales voy a saber valorar.

Versión: 2.7.

Muchas gracias.-
JD

Hola JD, consideraron el cierre parcial de actas? . Te soluciona algunas cuestiones (como esta) y te complica otras (la rectificación de un acta).

Saludos!

Como dice Juan vean la posibilidad de implementar el cierre parcial de actas de cursadas.