Buen día!
Tengo una consulta.
Si un oferente constituye una garantía de mantenimiento de oferta al momento de presentar el sobre, se carga esa garantía en el acto de apertura.
El acto se cierra y pasamos a controlar la documentación y si constituyeron bien la garantía. Si el monto de la garantía constituida es menor al que corresponde por normativa, tenemos que intimarlo a que subsane ese defecto dentro de los 3 días posteriores a la intimación (que puede coincidir con el mismo día de la apertura o, en la mayoría de los casos, el día posterior).
Lo intimamos a que subsane esa falta y presenta una garantía por el resto del monto, dentro del período de 3 días que le dimos.
El tema es que para ese entonces el expediente pudo haber salido para la unidad requirente para la confeccion del informe técnico.
Para esos casos, no vi la posibilidad de cargar la nueva garantía, estando el trámite en el borrador de informe técnico.
¿Cómo se puede hacer para cargarla? ¿A alguien le pasó algo simimlar?
Muchas gracias!
Hola Sebastián!
Cómo va?
Por el caso de ejemplo que están planteando, tiene toda la forma de ser algo más puntual… pero a nivel del sistema, les puedo comentar las operaciones que se pueden utilizar, siempre teniendo en cuenta que si la Operación “Exportar Garantías” ya se realizó, no se podrán ajustar desde SIU-Diaguita, porque en el módulo SIU-Pilaga ya quedaron en el estado “Pendiente de Ingreso” y ahí es donde se continúa con la gestión.
Desde SIU-Diaguita, recomendamos que se verifiquen las cargas antes de avanzar con la Exportación y la creación de nuevos trámites, cómo Informes técnicos, Dictámenes y Adjudicaciones, pero igualmente, se pueden modificar estas garantías con la personalización por intermedio de los perfiles funcionales, antes de terminar la gestión dentro del Acto de Apertura.
Seguramente, algunos de los compañeros que están más en el día a día te pueden contestar con más claridad por este tipo de modificación el la gestión.
Muchas gracias.
Juan Manuel.
El tema es que esa constitución no está mal y tampoco es un tema de verificacion de carga, porque está permitido que constituyan una garantía con un monto menor y que se subsane. Es decir, la exportación de la garantía debería existir y después cargar otra garantía de subsanación.
Ejemplo: deben constituir una garantía por un monto de $10.000 y con la oferta constituyeron una de $8.000. Les pedimos que lo subsanen y a los tres días traen una póliza ampliatoria de $2.000 que les pemite seguir con la oferta.
Usamos el Reglamento del Dec. 1030/2016 y la constitucion de la garantía de mantenimiento de oferta puede ser en dos momentos diferentes como te comenté y el momento de la subsanación ocurre días después de la apertura.
Hola Sebastián,
Cómo va?
Claro!! Por eso mismo aclaré que el tema “A nivel de Sistema”, porque la gestión la conocen mucho mejor ustedes que están todos los días desde el lado de compras y contrataciones…
Creo que esta gestión se podría plantear en un próximo comité con los demás compañeros para ver como lo realizan hoy en día y tratamos de consensuar con todas las UUNN para poder desarrollar esta mejora en el sistema, teniendo en cuenta también, si tienen integrados los Módulos de SIU-Diaguita y SIU-Pilaga para contemplarlo dentro de las opciones.
Complementando en el sistema, siempre tienen como opción informativa para registrar estas particularidades de la gestión en la operación de “Notas Internas”.
Mucha gracias por el aporte y esperamos comentarios de los compañeros.
Saludos.
Juan Manuel.