Devolución de fondos de las Universidades al Estado Nacional

Muy buenos días a todos:

Mi nombres es Ignacio Daniel Pintos y trabajo en la Dirección General de Programación Presupuestaria.

En ésta oportunidad me comunico para hacerles una consulta práctica acerca de como realizan la imputación presupuestaria referente a la devolución de fondos por no utilización.

Particularmente en este ejemplo, debemos devolver a la SPU, $15000, correspondientes a la parte de un proyecto que no fue ejecutado en su totalidad.

En el pilagá hacemos la devolución de fondos usualmente a través del circuito de becas, como si fuera transferencia de fondos e imputamos al inciso 5, partida principal 1, partida parcial 6 o7. O sea terminamos imputando en la 5.1.6 o la 5.1.7

Quisiera saber su opinión acerca de esa imputación y si pudieran compartir experiencias acerca de como realizan las mismas en otras universidades.

Desde ya muchas gracias.

IGNACIO DANIEL PINTOS
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES

Hola Ignacio,
Lo que se esta realizando en este caso es lo siguiente :
Si no desean cargar una liquidación de gastos, deben desde Crédito disminuir por el monto correspondiente el crédito.
Con asientos manuales el impacto en Res. de Ej. anteriores y Banco.
Y desde el alta de saldo de cuentas de tesoreria modificar el saldo de dicha cuenta.
En cada operacion que lo permita poniendo en la descripcion el detalle de la devolucion que se esta simulando.

Saludos