Buen día. Se nos presentó el caso de tres equivalencias parciales donde el trámite debe ser ingresado tarde, cuando ya los alumnos cursaron dichas materias y correspondiente historia académica.
Lo podemos resolver invalidando la HA (cursada), pero académica solicita realizarlo de otro modo. Esto es posible??
Para entender mejor el caso: cuando mencionas “el trámite debe ser ingresado tarde” en que momento aplican las equivalencias parciales , al momento de finalizar la cursada o al comienzo?
Cuando decis " pero académica solicita realizarlo de otro modo" esto nos podrías explicar mejor?
Nos podrías aclarar el circuito como lo tienen definido ?
Deberían poder registrar la equivalencia parcial después de tener registrada la cursada de esa actividad.
¿Porqué motivo no pueden registrar la equivalencia parcial?
Si, lo hicimos. Le otorga la equivalencia parcial.
El problema es que al inscribir al examen de esa materia toma la instancia Regular y no la instancia “Equivalencia parcial” porque tiene ambas al mismo tiempo. (adjunto).
Entonces el problema no es que “no pueden registrar la equivalencia parcial”, sino que el problema es en la inscripción a examen.
Pero, si le dieron la equivalencia parcial, debería rendir un examen complementario, es decir rendir los temas que no le reconocieron en la equivalencia parcial.
El caso es que lo están inscribiendo en un examen complementario y no esta reconociendo la equivalencia parcial de esa actividad?
El requisito asociado a la instancia examen complementario es el que verifica que el alumno tenga registrada una equivalencia parcial vigente con fecha menor o igual a hoy. Si lo estan inscribiendo hoy 16/11 y la fecha de la equivalencia parcial es hoy entonces debería encontrar esa equivalencia parcial de la actividad y permitir inscribir en el examen.
Deben tener activo el requisito Que el alumno posea una equivalencia parcial otorgada para la actividad
Si quieren que rinda como regular, entonces deben invalidarle la equivalencia parcial. Si este es el caso por qué registraron la equivalencia parcial?
El requisito asociado a la instancia examen complementario es el que verifica que el alumno tenga registrada una equivalencia parcial vigente con fecha menor o igual a hoy. Si lo estan inscribiendo hoy 16/11 y la fecha de la equivalencia parcial es hoy entonces debería encontrar esa equivalencia parcial de la actividad y permitir inscribir en el examen.
Deben tener activo el requisito [b]Que el alumno posea una equivalencia parcial otorgada para la actividad[/b]
Lo tenemos activo y estricto, quizás no esté verificando. (adjunto)
En prueba se otorgo otra equiv parcial con fecha pasada, e igual lo sigue tomando como regular. (adjunto)
Si quieren que rinda como [b]regular[/b], entonces deben invalidarle la equivalencia parcial. Si este es el caso por qué registraron la equivalencia parcial?
¿La mesa de examen está configurada con la instancia regular y la instancia examen complementario?
Si es asi, entonces es correcto lo que decis. Porque el orden que actualmente intenta inscribir automáticamente a los alumnos es en el siguiente orden:
1 = Regular
2 = Reválida de Cursada
3 = Reválida de Examen (esta instancia aun no esta desarrollada)
4 = Examen Complementario por Equivalencia
5 = Libre
6 = Tesis
Pueden cambiar este orden en los datos de la tabla “sga_instancias” para el caso de instancias de examen (aplica_a = M). En el campo orden pueden cambiar esto y poner el examen complementario por ejemplo con valor 0 (instancia = 7), asi primero intentará evaluar si puede inscribirlo a un examen complementario y sino luego a un examen regular. Esto lo hará solo para las instancias definidas en la mesa.
De esta manera:
0 = Examen Complementario por Equivalencia
1 = Regular
2 = Reválida de Cursada
3 = Reválida de Examen (esta instancia aun no esta desarrollada)
5 = Libre
6 = Tesis
Buen día!
Pudimos inscribirlo a examen complementario con éxito!!!
Independientemente de ello, debemos invalidar su HA ? seguirá regular y con equivalencia parcial hasta que apruebe dicha asignatura?
Hay alguna manera de que tenga solo una condición en la actividad?
Pudimos inscribirlo a examen complementario con éxito!!!
¿Como lo lograron? ¿Cambiaron el orden en que el sistema evalua en que instancia se lo inscribe al alumno?
Independientemente de ello, debemos invalidar su HA ?
No. ¿Porque harían esto?
Hay alguna manera de que tenga solo una condición en la actividad?
A que te referis con que "tenga una sola condición" ? (¿Cursada aprobada? ¿Equivalencia parcial?)
La equivalencia parcial no podes invalidarla porque al alumno se le reconoció parte de la materia, y ademas se lo inscribió en un examen complementario para que rinda lo que le falta rendir de esa materia, no?
La regularidad porque la invalidarías si el alumno cursó esa actividad y además la aprobó.
Pudimos inscribirlo a examen complementario con éxito!!!
¿Como lo lograron? ¿Cambiaron el orden en que el sistema evalua en que instancia se lo inscribe al alumno?
[quote] Así es. Cambiando el orden toma a "examen complementario primero"
/[quote]
Independientemente de ello, debemos invalidar su HA ?
No. ¿Porque harían esto?
Porque si el alumno se inscribe con instancia "examen complementario" pero no aprueba, sigue regular porque existe en acta regular.
Hay alguna manera de que tenga solo una condición en la actividad?
A que te referis con que "tenga una sola condición" ? (¿Cursada aprobada? ¿Equivalencia parcial?)
Exacto. Porque asi como lo planteamos, esta manteniendo las dos, regularidad y equivalencia parcial.
La regularidad porque la invalidarías si el alumno cursó esa actividad y además la aprobó.
y si no la aprueba y se vence el plazo de la equivalencia parcial. Quedará regular en la actividad hasta que se venza?
Porque si el alumno se inscribe con instancia "examen complementario" pero no aprueba, sigue regular porque existe en acta regular.
Si el alumno desaprueba el examen complementario, seguirá teniendo la cursada vigente y la equivalencia parcial vigente, con lo cual podrá inscribirse en un nuevo examen complementario en un futuro mientras este vigente la equivalencia parcial.
Ahora si quieren que el alumno pueda rendir [b]examen regular[/b] en ese caso si deberían invalidar la equivalencia parcial, pero no creo que el alumno quiera rendir toda la materia cuando tiene la posibilidad de volver a rendir solo una parte de la misma (lo que no le reconocieron).
El requisito asociado a la instancia examen complementario es el que verifica que el alumno tenga registrada una equivalencia parcial vigente con fecha menor o igual a hoy.
Deben tener activo el requisito [b]Que el alumno posea una equivalencia parcial otorgada para la actividad[/b]
El problema es que, si dejamos ese requisito, a todas las inscripciones que la mesa tienen instancia de “equivalencia parcial”, sale un msj de error previo a la inscripcon que dice “Ud no posee equivalencia parcial otorgada” (adjunto)
Si quitamos el requisito:
-asigna instancia de inscripción “complementario por equivalencia parcial” a alumnos que estan LIBRES en la materia.
-tenemos un caso en que la mesa solo admite regulares o complementario por equivalencia parcial y permite inscribir a un alumno LIBRE con instancia equivalencia parcial pero nunca se le otorgó esa equivalencia
la pregunta es, ¿a que tabla apunta la query para traer la instancia correcta que le corresponde inscribir al examen?
Daniela
Para entender mejor el caso. Este alumno Hirch Marquez efectivamente posee una equivalencia parcial otorgada vigente?
-tenemos un caso en que la mesa solo admite regulares o complementario por equivalencia parcial y permite inscribir a un alumno LIBRE con instancia equivalencia parcial pero nunca se le otorgó esa equivalencia
--> vamos a realizar una prueba y te comentamos.
Ademas existe otro error en el cartel respecto de la mesa no coincide con la catedra de cursada existe un foro relacionado a este tema.
Pero como tienen definido el requisito “Que el alumno posea una equivalencia parcial otorgada para la actividad” para la acción de Examen ? tengan en cuenta que si lo tienen definido como estricto el alumno no va a poder inscribirse al examen complementario si no tiene una equivalencia parcial. El sistema verifica si el alumno cumple con tal requisito sino va a buscar si existe otra instancia menor, como por ej: libre, en donde pueda inscribirlo pueden, se entiende? pueden corroborar esto?
Justmente por eso, esta defnido como estricto y activo (ajunto) y le esta otorgando esa instancia a alumnos ue NO poseen equivalencas parciales y que estan en condición LIBRE en la materia (que ya la cursaron y quedaron libres).