Transferencia sin cargo o Donación

Saludos

Consulto a los colegas del Área de Patrimonio y demas compañeros: Si la Universidad recibe bienes de YPF (empresa con el 51 % de las acciones del Estado Argentino) ¿Hablamos de una “Donación” o una “Transferencia sin Cargo” en términos de la vieja Ley de Contabilidad?

Gracias