Hola, buenas tardes. Les escribo porque en la certificación de servicios que nos arroja mapuche, en la columna “otras remuneraciones” , se listan conceptos no remunerativos pagados en el mes. Los conceptos no remunerativos no son remuneración, en términos de la habitualidad que exige el artículo 6 de la ley 24241, y nos imposibilita explicar el SAC usando la certificación:
Capítulo II
Remuneración, Aportes y Contribuciones
Concepto de remuneración
Artículo 6º — Se considera remuneración, a los fines del SIJP, todo ingreso que percibiere el afiliado en dinero o en especie susceptible de apreciación pecuniaria, en retribución o compensación o con motivo de su actividad personal, en concepto de sueldo, sueldo anual complementario, salario, honorarios, comisiones, participación en las ganancias, habilitación, propinas, gratificaciones y suplementos adicionales que tengan el carácter de habituales y regulares, viáticos y gastos de representación, excepto en la parte efectivamente gastada y acreditada por medio de comprobantes, y toda otra retribución, cualquiera fuere la denominación que se le asigne, percibida por servicios ordinarios o extraordinarios prestados en relación de dependencia.
Hay manera de corregir esto y que vaya a la columna “sin aportes”?
Muchas gracias.
Eduardo Roldan.