Decreto 1571/2010
Universidades Nacionales. Reducción de Alícuota para contribuciones patronales.
Estimados, estamos con inquietudes con respecto al recientemente publicado Decreto 1571/2010.
Entendemos que la reducción de alícuota a 8.67% tiene vigencia desde el devengado Noviembre 2011. Pero para acceder a este beneficio es necesario tener rectificados los F 931 de todos los períodos en que se pagó el 10.17% bajo modalidad de Decreto 814 (según se entiende de la lectura del art 1 inciso e)? Hasta cuando hay tiempo de presentar todas esas rectificativas?
Salió alguna normativa de AFIP al respecto? Tienen programado lanzar una nueva versión de SICOSS con las nuevas alícuotas?
Alguna Universidad empezó a trabajar en este tema?
Nos confirmaron desde el Ministerio que es desde el devengado de diciembre 2010. En cuanto a las demas consultas relacionadas con Legislación y aplicativo no tenemos novedades todavía.
saludos.
Estimados:
Adjunto al pié el correo que me envio mesa de ayuda AFIP sobre este tema.
Señor Luis:
Ante todo, muchas gracias por su consulta.
Atento a la misma le informo que la vigencia del decreto es para el período 12-2010, que vence en 01-2011. Oportunamente se publicará un release que contemple lo normado.
Saludo a usted muy atentamente.
E.N.
Sección Mesa de Ayuda de Aplicativos
De: Hegglin Luis [mailto:hegglinl@uner.edu.ar]
Enviado el: Viernes, 03 de Diciembre de 2010 11:33 a.m.
Para: Mesa de Ayuda
Asunto: Versión SICOSS
Agradecería pudiesen informarme respecto del Dcto. 1571/2010 para Universidades Nacionales. Segun entiendo a partir de Diciembre se puede declarar Contribuciones al Régimen Jubilatorio del 8,67% y INSSJP del 1,5%. El aplicativo SICOSS V.34 R1 no posee esta opción. ¿Esta previsto emitir un nuevo aplicativo?
Estimado Luis, no se si viste que ya salio el aplicativo que contempla la reducción de alícuota. De todos modos hay que ver como funciona en relación a lo que comentó Natalia de General Sarmiento con respecto al empleador.
Por otro lado, queria saber que piensan hacer otras universidades al respecto del seguro obligatorio, ya que segun dice la legislación hay que informarlo a traves de SICOSS desde el devengado de enero, pero de tomar esta medida se estaría pagando a mes vencido, o sea, recien con la presentación de principios de febrero lo cual dejaria sin cobertura durante el mes de enero a los agentes.
Alguien lo estuvo viendo?
Gracias, buen año.
Marta:
Nosotros ya pagamos con el nuevo aplicativo, es decir el 8,67%. El inconveniente estaba en el archivo que genera el sistema Pampa, pues no se cambio el tipo de empresa. Esto origina que el campo 228 (Tipo de Empresa) del archivo quede con “1”, siendo que para AFIP somos ahora “0” Administración Pública.
Para generar correctamente con el nuevo Tipo de Empresa deberán actualizar la configuracion de la Institución en el sistema de RRHH.
En SIU-Pampa deberán ingresar al modulo de Configuración, menú Configuración, opción Gestión de Personal, solapa Institución, item “Tipo Empresa SIJP”.
En SIU-Mapuche web deberán ir al menú Configuración, Carpeta Seguridad Social y Seguros, opción Parámetros de Seguridad Social, item “Tipo Empresa SIJP”.