Estimada Comunidad, tenemos una duda acerca de las inscripciones a propuestas pendientes
Estamos trabajando con SIU 3, V 3.13
Nuestra institución tiene reglamentado por CS lo siguiente
Aspirante Condicional: Aquella persona que se inscribe a una carrera pero que debe ALGUNO de los requisitos obligatorios para el ingreso
Fotocopia de su DNI, 3 Fotos y Fotocopia de su Titulo Secundario o en su defecto, certificado de Titulo en Tramite.
Tienen hasta el 30/04 para presentar todos, excepto el Titulo Secundario que tienen hasta el 31/07.
En SIU 2, a los aspirantes condicionales no les podemos dar el alta en la carrera, por lo tanto no se pueden inscribir a las cursadas mediante autogestión.
Es asi que nosotros los incorporamos en un listado de asistencia aparte, y a medida que van cumpliendo con la documentacion (siempre antes del 30/04), les generamos legajo y los inscribimos mediante Gestion (con un formulario papel en donde consta que dicha persona quiere cursar x materia.)
Sin embargo, SIU3, trabaja con inscripciones pendientes, aceptadas y rechazadas…
La pregunta es:
¿Es correcta la siguiente afirmación?:
En SIU3, los aspirantes Condicionales hasta el 30/04, (son aquellos que deben FOTOS/DNI/Certificado de Titulo en Tramite) pueden inscribirse a las asignaturas mediante autogestion. Diferente al proceso que hacíamos en SIU 2 Es decir que también pueden solicitar certificados por autogestión
La razón es porque hasta que no cumplen con TODOS los requisitos de ingreso, y mientras el periodo de presentación esté vigente, su inscripción es PENDIENTE.
Una vez que ya finaliza el periodo de presentación de dicha documentación… y mediante el rechazo de inscripción a propuesta… se rechaza la inscripción a aquellos que no presentaron algún requisito y el plazo para tal requisito venció.
Estoy entendiendo bien???
Saludos
Lucas