Ley 26341 Decreto 198/08

Hola a todos.
Les escribo para consultar sobre como han tratado en otras universidades la liquidación de la Ley 26341 Dto. 198/08 sobre incorporación de tickets a sueldo.
Tal concepto tiene idéntico comportamiento que el que tenían los tickets, es decir, asigna un valor a cada cargo del legajo (grupos de cargos del igual escalafón) y paga el mayor valor para cada grupo.
Sucede, que al tratarse de un concepto de legajo, no puede determinarse en que cargo saldrá liquidado, por lo tanto es común que el concepto de pago para el escalafon docente salga en un cargo Administrativo, y a la inversa. Por tal motivo, dado que ahora sí es un concepto remunerativo, incrementa el mejor haber de un cargo incorrecto.
También se me han presentado problemas a la hora de efectuar reintegro de haberes ( conceptos de haber en negativo), dado que el ciclo de liquidación de estos conceptos es anterior al de los conceptos de haber que son de legajo.
Bueno, espero que se entienda, y alguien pueda darme alguna sugerencia.
Gracias desde ya.
Saludos.

Hola Clara, no veo una alternativa que lo pueda resolver totalmente, me parece que una variante podría ser poner el concepto proporcional para que los cruces de cargo al menos vayan subiendo los montos mas parejos. No se me ocurre nada mejor.
No entiendo lo de los reintegros.
Saludos,
Ariel Zoia
Equipo SIU-Mapuche/Pampa
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