personal doméstico / seguros de retiro

Hola!
el día 13/01/2011 se publicó:
(…) En Escritorio Mapuche, “Procesos”, “Retención de 4ta. Categoría” está la Lista de Empleados, allí podemos entre otras cosas, ver las retenciones de cada empleado.
Al ingresar a un agente en el período correspondiente está la solapa “Otras Actividades” donde podemos cargar otros empleos que pueda tener el agente y además:

  • Cuota médico Asistencial
  • Primas de Seguros (externos)
  • Seguros de Retiro
  • Gastos médicos
  • Intereses hipotecarios
  • Otros Gastos (Utilizado para indicar Gtos. por Servicios Domésticos, el importe cargado debe ser menor o igual al tope mensual)
  • Donaciones.
    Estos datos se cargan por período, pero el sistema tiene la funcionalidad de copiar c/u de ellos a otros períodos.
    Cordialmente
    Alberto Colavitta
    Equipo SIU-Mapuche/Pampa
    Consorcio SIU
    Tel: +54 +2293 42-2000 Int. 131
    http://www.siu.edu.ar

Al respecto informo que la Ley 26425, Sancionada: 20/11/2008, Promulgada: 04/12/2008, Publicada en el Boletín Oficial del 09-dic-2008, Número: 31548 en su
ARTICULO 17 establece — Deróganse el inciso e) del artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y el artículo 113 de la Ley 24.241 y sus modificatorias.

Adermás, por ANEXO III RESOLUCION GENERAL Nº 2437, DEDUCCIONES, establece que: a) Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la Administración Nacional de la Seguridad Social o a cajas provinciales o municipales, o estuvieren comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (incluso los efectuados por los beneficiarios que reingresen o continúen en actividad —Artículo 34 de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones—). (Inciso sustituido por art. 1º punto 1 de la Resolución General Nº 3055/2011 de la AFIP B.O. 03/03/2011. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive)

Por lo tanto, SEGURO de RETIRO, ya NO ES DEDUCIBLE. Por otra parte, por Personal Doméstico es posible deducir, pregunto ¿es posible utilizar el mismo campo de seguro de retiro para aplicar la deducción por personal doméstico?, ¿se podrá modificar la descripción?. Gracias por el tiempo y potenciales respuestas. Viviana

Hola Viviana:
Las deducciones por Servicio Doméstico se ingresan en “Otros Gastos”, indicando el importe que corresponda hasta el tope. No está previsto que el sistema controle el importe que se carga por este concepto.
Saludos
Alberto