Hola, queríamos saber como se comporta el parámetro sancion_ausencia_examen ya que necesitamos que cant_veces_rendir_examen disminuya en 1(uno) para el alumno cada vez que falte a un examen al que se haya inscripto.
Gracias.
Hola, queríamos saber como se comporta el parámetro sancion_ausencia_examen ya que necesitamos que cant_veces_rendir_examen disminuya en 1(uno) para el alumno cada vez que falte a un examen al que se haya inscripto.
Gracias.
El control ctr_ausentemesaant controla si el alumno estuvo ausente en una mesa, llamado ó turno anterior de una misma materia; según lo que se indique en el parámetro sancion_ausencia_examen
O sea el control configurable ctr_ausentemesaant (77 - Controla ausencia mesa anterior) controlará en base a lo definido en el parámetro sancion_ausencia_examen
Los valores posibles para el parámetro son:
materia
llamado
turno
Materia: se fija si estuvo ausente en alguna mesa anterior de esa materia de cualquier turno llamado.
Llamado: Ausente en el llamado inmediato anterior, ya sea en el mismo turno o en otro turno. No importa de que materia.
Turno: ausente en el turno anterior para cualquier materia, no interesa el llamado.
Espero te sirva, Javier
Lo que indica Javier respecto a ese control es que no lo deja inscribir a examen al alumno si estuvo ausente en la mesa anterior de la misma materia, o ausente en el llamado anterior o en el turno de examen anterior.
El mensaje al alumno es asi:
"No puedes inscribirte por que figuras ausente en el turno XXXX, llamado YYYY, acta ZZZZ y la justificación (esta pendiente, fue rechazada…)
No se si es lo que estan necesitando, ya que el parametro cant_veces_rendir_examen es para lo siguiente: Cantidad de veces que esta permitido rendir Examen para una materia antes que la deba recursar. Tiene que ver con que si el alumno ya rindio en forma regular (no libre) la materia y desaprobo, que a la N desaprobacion de la materia por examen regular le haga vencer la cursada y deba recursarla.
¿Que es exactamente lo que necesitan?
Alejandro:
Lo que me imagino que necesitan es algo que debiéramos tener también en la Escuela Técnica y que nunca se controló, y es que los Ausentes a un examen se computen como si hubiera rendido (y por lo tanto Reprobado), para que cuando se llegue a la suma de (Ausentes + Presentes sin aprobar) una materia tal que sea igual al valor N del parámetro, entonces el alumno ya no pueda rendir esa materia sin recursarla.
O sea, a los efectos del computo de veces rendidas, el Ausente se debe computar igual que el presente. O lo que es lo mismo, el alumno solo puede inscribirse a rendir una materia cursada solamente N veces, teniendo en cuenta que cada inscripción el alumno figura en 1 acta. No puede figurar más de N veces en actas sin aprobar la materia. Incluso hay instituciones que son más estrictas aún y le computan en esas N oportunidades aún cuando el alumno no se haya inscripto en algún turno, o sea le dan la chance en N turnos o turnos/llamado, se inscriba o no.
Espero que se entienda.
Saludos
Gustavo
Hola muchachos, Gustavo dió en la tecla, la idea es que si se inscribieron a rendir una materia y no se presentaron se les compute como presentes, tanto para alumnos regulares como libres, aunque no se si es igualmente valido para los alumnos libres.
Gabriel, supongamos que definen que el alumno puede rendir un examen hasta 3 veces y si en la 3er oportunidad no aprueba el examen entonces la debe volver a cursar, para ello lo que se hace es hacer vencer la vigencia de la cursada a la fecha del 3er examen.
Para definir esa cantidad de examenes que el alumno tiene disponibles es que se usa el parámetro cant_veces_rendir_examen.
El problema es que actualmente solo se consideran exámenes donde el alumno asiste y desaprueba y que rinde la materia en condición de alumno regular. No se estan considerando las ausencias al examen ni los examenes que rinde en condición de libres.
Esto tiene solucion.
Para resolver este problema tendran que personalizar el proceso sp_finvigreg_acta que es el que se ejecuta al cerrar un acta de examen y es el que verifica si debe o no hacer vencer la cursada de acuerdo a la cantidad de examenes rendidos por el alumno. Aqui deben considerar ademas de los examenes que el alumno desaprobo anteriormente tambien los examenes en que estuvo ausente, y si llega a esa cantidad definida en el parametro se le vence la cursada con lo cual el alumno debera recursarla o rendir examen en condición de libre en una proxima mesa de examen.
Hola Alejandro, entonces en ese caso también debería modificar el procedimiento correspondiente a la excepciones? Cual sería?
Gracias.
Saludos.
Gabriel.
Gabriel, a que te referis con las “excepciones”?
Alejandro, me refiero a el caso en el que el alumno presente con posterioridad un certificado justificando la inasistencia por lo cual quedaría sin efecto la sanción.
Es en el mismo proceso donde se cuentan los examenes desaprobados y los que estuvo ausente en donde no deberian considerarse aquellos examenes que el alumno estuvo ausente pero que presentó una justificación y fue aceptada por la institucion. El proceso es el mismo de antes: sp_finvigreg_acta.
Actualmente no se estan considerando las justificaciones de inasistencias a los examenes en este conteo de examenes desaprobados/ausentes.
Genial, por lo menos sólo debería personalizar un proceso… De todas maneras el momento de verificación es al cerrar el acta de examen, con lo cual si al alumno se le fuerza el vencimiento de regularidad, la única forma de revertir el proceso(excepción) sería haciendo una prórroga de vencimiento de regularidad? Mi preocupación se debe a que siempre se están haciendo excepciones y quiero tener claro la forma de revertir los procesos de este tipo.
Gracias.
Y si, en estos casos no queda otra que prorrogar el vencimiento de regularidad (ingresando el motivo que en este caso seria por justificar la inasistencia al examen por el cual la vigencia de la regularidad fue modificada) si es que se le vencio la regularidad por haber llegado al tope de examenes ausentes/desaprobados.
Cada vez que se ingrese una justificacción de inasistencia deberian revisar si a ese alumno se le vencio la cursada a la fecha del examen, si fuera ese el caso entonces ahi ver de prorrogar la vigencia a la fecha que tenia antes.
Si estan en version 2.9.2 lo que podrian hacer es que cuando al alumno se le hace vencer la vigencia de la cursada es avisarle mediante un mensaje por mail, de esta forma cuando el alumno presente la justitficacion podra alertar de tal situacion al usuario para ver que le reviertan ese vencimiento.