VERIFICACION DE DEUDA EN AFIP. Resolución General AFIP N° 4164

Estimados:
Les comparto el artículo que pensamos desde la Dirección General de Compras (con la compañera Vanesa Cattaneo, que es abogada) de la UNM acerca del tema del asunto. Se agradece cualquier aporte, discrepancia, etc. que se les ocurra. Gracias. Julio Alvarez

"VERIFICACIÓN DE DEUDA EN AFIP: Dentro de los DOS (2) días siguientes al acto de apertura de las ofertas, la Dirección General de Compras y Contrataciones verificará (conforme lo establecido en la Resolución General de AFIP N° 4164/2017) el estado de deuda de cada oferente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En los casos en que dicha consulta arroje como resultado que alguno de los oferentes posee deuda ante el citado organismo, la Dirección General de Compras y Contrataciones comunicará (en los términos del artículo 7° del Anexo al Decreto N° 1030/2016) tal situación al oferente correspondiente a fin que, en caso de considerarlo, proceda a regularizar la misma antes de la emisión del dictamen de evaluación o bien al momento de la adjudicación en los procedimientos en que no se realice dicha etapa.
Al momento de la Emisión del Dictamen de Evaluación, la Comisión Evaluadora consultará nuevamente (en un todo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 27 de la Disposición ONC N° 62/16) la situación de cada oferente ante AFIP. Si de resulta de la consulta surge que algún oferente posee deuda ante la AFIP, se desestimara sin más trámite su oferta por no cumplir el requisito de habilidad para contratar en los términos del inciso f) del artículo 28 del Decreto Delegado N° 1.023/2001.

Teniendo en cuenta que no se encuentra dentro de la órbita de la Universidad las posibles discrepancias que surjan con respecto al estado de deuda entre el oferente y la AFIP, queda a cargo exclusivamente de cada oferente informarse periódicamente sobre su estado de deuda ante AFIP. A tal efecto, y conforme lo establecido en la Resolución General de AFIP N° 4164/2017, artículo 5, para consultar las deudas liquidas y exigibles deberán ingresar al sistema cuentas tributarias y seleccionar en el menú la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y dentro de esta opción, el tramite “Consulta de Deuda Proveedores del Estado”."